Y agrego: NO AL CANON y NO A LA PATADA EN LA PUERTA DIGITAL.
Y es que la LISI incluye u nartículo que estipula que entidades adminsitrativas pueden ordenar el cierre de páginas web sin necesidad de resolución judicial alguna, dejándolo tan ambiguo que hasta la SGAE podría censurar contenidos en la red.
Pues resulta que ese artículo es completamente anti-constitucional, va en contra del artículo 20.5 de la Constitución Española y viola un derecho fundamental como es la libertad de expresión.
Artículo 20.5: Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial
La LISI tiene aspecto completamente contrarias a la norma suprema, y el Defensor del Pueblo debería denunciarlo al Tribunal Constitucional.
Y respecto al canon, hay un sector del PSOE que se ha levantado en contra de la actitud del gobierno, denunciando que está “secuestrado” por la SGAE… pese a que cierto ‘zombie’ (porque no piensa y repite las trolas y tonterías que dijo Farré) de juventudes socialistas defiende el canon con razones que se caen por su propio peso y no ha sido capaz de rebatir ni un sólo comentario en respuesta a su blog (si quieren ver la entrada, el enlace lo tenéis aquí). Tomad nota de su nombre para no votarle nunca: Chus Greciet.
Es que no tiene sentido que el preci ode coste de un CD sea de 8 o 9 céntimos, y el canon que se le impone sea de 12 o 18 céntimos…




