Bien, esta mañana he ido a la oficina de la OMIC para ver si al fin habían vuelto de vacaciones para denunciarlo… y me encuentro con que está cerrado proque han hecho puente por las fiestas… en fin…
A pesar de todo, puedo por fin daros más información.
El teletimo tan famoso de Antena 3 lo produce el Club Zed, famoso por algunas personas por cobrarles SMS por un servicio que, curiosamente, no han contratado jamás (hay casos con el número 5544, de la misma empresa). Ellos llevan largo tiempo haciendo cosas para Antena 3.
Esta empresa ya tuvo sus más y sus menos con usuarios y otros (recordar el conflicto entre Nikodemo, creador de Cálico Electrónico, y ellos por los derechos del superhéroe… de hecho, por ello surgió el spin-off Huérfanos Electrónicos), y me parece chocante que siga su actividad más que dudosa de manera impune, como si la justicia no le pudiese hacer nada.
Lo más sangrante es que acabamos de comprobar que en la última factura le han cobrado 2 sms del 5544 a mi hermana, cuando ella no sólo no se ha dado de alta jamás sino que, misterios de la vida, jamás ha recibido ninguno de esos SMS. Y es más, contactando con Movistar han confirmado que mi hermana jamás ha enviado SMS alguno suscribiéndose a ese servicio, incluso comprobamos por medio del 4650 de Movistar que no estaba suscrita a ningún servicio en absoluto. Desde luego, el importe de esos SMS lo vamos a reclamar.
También quiero comentar que en otra web hay una serie de comentarios de gente que también está afectada por el spam masivo del teletimo, podéis verlo aquí, en El Gato Encerrado.
En fin, he contactado por email con Dali sobre el tema y me ha proporcionado información sumamente interesante, explicando qué leyes infringen y cómo podemos actuar ante semejantes abusos. Esta información, obviamente, la copiaré y pegaré casi literalmente (con su autorización expresa, obviamente), citándole como autor, desde luego:
Yo no podré hacer nada hasta que me llegue la factura, que será a finales de este mes. Incluso es probable que algunos de estos mal llamados “servicios premium” se facturen aún un mes más tarde.
En mi caso la situación es más compleja que en la de la mayoría, porque se trata de una línea de empresa, con lo cual no puedo acudir al Ministerio de Consumo. Lo que sí que puedo es ir directamente a la Agencia de Protección de Datos y a la Secretaría General del Estado de Telecomunicaciones (que depende del Ministerio de Industria), tal y como te explico más adelante.
Al contrario que las personas físicas, amparadas por las Leyes de Bienes de Consumo, juntas arbitrales y demás, me temo que yo tendré que ir con abogado, o representado, como vosotros, como un número más en una demanda conjunta por medio de Facua o la OCU (creo que los primeros son BASTANTE más guerrilleros que los segundos, pero como no te hagas socio de pago maldito el caso que te hacen).
Para empezar:
“Se entiende como publicidad engañosa la que, de cualquier forma, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, o puede afectar a su comportamiento económico o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor. La Ley también entiende como engañosa la publicidad que silencia datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios, siempre que dicha omisión induzca a error a los destinatarios“.
Luego, es publicidad engañosa.
“El concepto publicidad ilícita hay que entenderlo de manera más amplia que el de publicidad engañosa. Así, es publicidad ilícita tanto la publicidad engañosa como la publicidad desleal, la subliminal o cualquier otra que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios“.
Es decir, como es engañosa, también es ilícita. Y aquí tenemos detectado nuestro flamante primer DELITO.
Ahora vienen los artículos de la LSSI, que ya he publicado en otros foros, como el propio de Antena 3… Hasta que me lo borraron, claro.
Atención, porque no tiene desperdicio. Casi parece como si lo hubieran utilizado a modo de “manual inverso”:
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Artículo 20. Información exigida sobre las comunicaciones comerciales, ofertas promocionales y concursos.Redacción según Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.1. Las comunicaciones comerciales realizadas por vía electrónica deberán ser claramente identificables como tales y la persona física o jurídica en nombre de la cual se realizan también deberá ser claramente identificable.
En el caso en el que tengan lugar a través de correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente incluirán al comienzo del mensaje la palabra ”publicidad” o la abreviatura ”publi”.
2. En los supuestos de ofertas promocionales, como las que incluyan descuentos, premios y regalos, y de concursos o juegos promocionales, previa la correspondiente autorización, se deberá asegurar, además del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado anterior y en las normas de ordenación del comercio, que queden claramente identificados como tales y que las condiciones de acceso y, en su caso, de participación sean fácilmente accesibles y se expresen de forma clara e inequívoca.
3. Lo dispuesto en los apartados anteriores se entiende sin perjuicio de lo que dispongan las normativas dictadas por las Comunidades Autónomas con competencias exclusivas sobre consumo, comercio electrónico o publicidad.
Artículo 21. Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes.
Redacción según Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
1. Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.
En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija.
Artículo 22. Derechos de los destinatarios de servicios.
Redacción según Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
1. El destinatario podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones comerciales con la simple notificación de su voluntad al remitente.
A tal efecto, los prestadores de servicios deberán habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que los destinatarios de servicios puedan revocar el consentimiento que hubieran prestado.
Asimismo, deberán facilitar información accesible por medios electrónicos sobre dichos procedimientos.
2. Cuando los prestadores de servicios empleen dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales, informarán a los destinatarios de manera clara y completa sobre su utilización y finalidad, ofreciéndoles la posibilidad de rechazar el tratamiento de los datos mediante un procedimiento sencillo y gratuito.
Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso a datos con el fin de efectuar o facilitar técnicamente la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.
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Todo esto lo tienes en http://www.lssi.es
¿Qué acciones legales se pueden tomar contra ellos? Pues, para bien o para mal, INFINITAS:
Violaciones del artículo 20:
1.- No siempre se incluye la abreviatura “publi”.
2.- En ningún caso detallan el coste de los mensajes.
3.- La persona jurídica (club Zed) en nombre de quien se realizan las comunicaciones no es fácilmente identificable, si no que hablan en nombre de Antena 3.
4.- No existe autorización previa. (Y, si es así, que lo DEMUESTREN, pues es responsabilidad del acusado el aportar medios para ello).
5.- No hay referencia a las bases del concurso, ni se dice dónde se pueden consultar. Yo he sido capaz de llegar hasta ellas porque tengo una conexión de banda ancha, pero no tendría por qué tenerla, ni en los SMS se nombra el concurso de forma fácilmente identificable, ni cómo llegar hasta las dichosas bases.
Violaciones del artículo 21:
1.- Transmisiones sin consentimiento expreso del receptor.
2.- No se ofrece una vía para ejercer los derechos de anulación, modificación o cancelación de datos personales. Datos que, además, si disponen de ellos, ha sido de manera ILÍCITA, al menos en mi caso.
Violaciones del artículo 22:
1.- La forma de darse de BAJA no está publicitada, salvo en unas bases publicadas en internet y que, con la única ayuda de los propios SMS, no es en absoluto fácil localizar.
2.- Los medios dispuestos para la baja NO SON GRATUITOS, dado que rondarán los dos euros o más (coste del SMS + coste del servicio premium + impuestos).
Con todo esto, nos vamos a la OCU, a Facua, al Ministerio de Consumo, a un amigo o familiar abogado, a donde sea, con todo el caso bien documentado y explicado, con los mensajes en el móvil (y, a poder ser, volcados en papel, que es lo que les gusta, utilizando, por ejemplo, una herramienta como el Float’s Mobile Agent 2), y, por supuesto, la factura, donde se podrá cotejar qué y cómo nos están facturando ilegalmente.
Pero no nos vamos a detener ahí.
Por infringir el artículo 20 de la LSSI, se puede presentar, sin intermediarios, una denuncia a nivel particular ante el Ministerio de Industria Turismo y Comercio, a la atención de la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (info@mityc.es).Por infringir el artículo 21 y/o el artículo 22 de la LSSI, lo mismo, pero ante una gente quizás más dura todavía, la Agencia Española de Protección de Datos. (www.agpd.es).
Como sabrás, la Agencia Española de Protección de Datos es una agencia PRIVADA que se financia única y exclusívamente a través de las sanciones que imponen. Así que tenerlos de tu lado es una buena cosa.
Y, si es necesario, tenemos en la recámara más motivos para llevarlos a juicio mediante una acusación particular, o incluso para pedir, con firmas, que la fiscalía actúe de oficio:
- Al no detallar bases ni forma de acceso a ellas, no se especifica que los menores de 18 no pueden participar. O, lo que es lo mismo: JUEGO ILEGAL y VIOLACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL MENOR.
- Y, por supuesto, simplemente, GRAN ESTAFA, que está tipificada como tal en el código PENAL (con pena de cárcel), dado que los importes estafados superan en algunos casos individuales los 400 euros, y juntando casos ya ni te cuento. Así que ya va siendo hora de llamar a las cosas por su nombre.
Vaya, suena bien… ¿Cuándo y cómo podemos empezar a movernos?
En primer lugar, habría que INFORMAR a nuestro operador telefónico de que no estamos de acuerdo con la factura, por todos los motivos expuestos. Esto se hace mediante una RECLAMACIÓN. Según la web de Facua:
- Todos los usuarios de telecomunicaciones pueden presentar una reclamación cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados. En primera instancia deberás dirigirte al departamento o servicio de atención al cliente de tu operador, en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que la motive”.
- En el caso de una reclamación de facturación desde la fecha de recepción de la factura, podrás presentar tus reclamaciones por vía telefónica, a través de Internet, por correo postal, o directamente en las oficinas comerciales del operador. En todos los contratos deberá figurar el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente”.
- Cuando los usuarios presenten la reclamación por teléfono, el operador está obligado a facilitarle un número de referencia así como a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación. Si en el plazo de un mes no hubieras recibido respuesta del operador o la respuesta no te satisface, podrás acudir a las siguientes vías:
- Juntas Arbitrales de Consumo.
- Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
- En cualquier caso, puedes acudir a las organizaciones de consumidores y usuarios donde te asesorarán sobre tus derechos y vías para ejercitarlos.
Como es natural, el operador echará balones fuera y dirá que ese servicio no es de su incumbencia, pero ya hemos dado el primer paso. El siguiente, es que te faciliten una vía de contacto (aunque ya la tengas) del proveedor que proporciona el “servicio”.
A dicho proveedor le reclamaremos, hasta el último céntimo, todo lo que nos ha facturado indebidamente… Es decir, TODO lo que nos ha facturado.
Independientemente de su respuesta, que intentaremos acreditar por todos los medios posibles (por ejemplo, enviándoles un BUROFAX y exigiendo respuesta en un plazo a determinar, que tiene la misma validez que un acta notarial), les denunciaremos ante la secretaría de estado de las telecomunicaciones y la agencia de protección de datos (ver más arriba) para que les caiga una buena sanción o, por qué no, una suspensión temporal o, Dios lo quiera, indefinida de su licencia para ejercer más.
Todo el proceso debería aparecer en toda la “blogosfera”, en youtube, en google, en la prensa escrita y electrónica, en España Directo, en donde sea con tal de que la gente se entere, de una vez por todas, de lo que significan estos mensajitos y qué hacer para que quien los envía reciba, como mínimo, su justo y correspondiente sablazo al bolsillo, además de una buena somanta de hostias virtuales.
Desde luego, si la sanción es reincidente y/o MUY GRAVE, sí que te puedo asegurar que saldrá EN TODAS PARTES, porque son de cuantía MUY ELEVADA:
- Sanción leve: desde 600 hastaa 30.000 euros.
- Sanción grave: desde 30.001 hasta 150.000 euros.
- Sanción muy grave: desde 150.001 hasta 600.000 euros.
Puede parecer poco, teniendo en cuenta que se levantan MILLONES en un solo día. Uno hasta podría pensar que lo hacen así a propósito. Pero, amigo, es que también TENDRÁN QUE DEVOLVER EL DINERO, y les pueden caer tantas sanciones como violaciones se les imputen, ya que son ACUMULATIVAS.
PD: Esto va dirigido a la gente que me dice que por qué hacer esto si las cosas son así, o me dicen otras cosas:
- “Es que las cosas son así… ¿para qué hacer algo?” Ah, entonces, los trabajadores no deberían haberse reivindicado cuando se produjo la revolución industrial, los españoles no debimos luchar cuando nos invadieron el ejército de Napoleón, los aliados no debieron luchar cuando Hitler no paraba de asesinar judíos e invadir toda Europa, las mujeres no deberían reivindicar la igualdad de género o todos deberíamos tragarnos el canon digital sin rechistar y permitir que la SGAE cobre en todo concierto benéfico, los sindicatos no deberían luchar por el trabajador, o deberíamos seguir sufriendo una dictadura. ¿Es esto lo que queréis? YO NO, y no se me caen los anillos por pelearme con media España si hace falta. La gente se queja mucho pero no actúa, y así no se arreglan los problemas. O ACTUAMOS, O NOS CALLAMOS COMO PUTAS. ¿SOMOS PERSONAS, O AMEBAS?. Si os hubieran hecho caso en el pasado, hoy seríamos franceses esclavos de los nazis donde las mujeres trabajan o como putas o como esclavas sexuales, pagaríamos canon por no ser de la raza aria (lo chungo es que no tendríamos derecho a sueldo alguno y tocaría pagar reventándonos el culo), al grito de ¡HAIL, FRANCO!
- “Es que hay muchas otras cosas ilegales…” ¡¡¡PUES SE DENUNCIAN, COÑO!!! Y si no denuncias, cometes una falta al no dar parte a las autoridades (ver artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, enlace a la ley) y en algunos casos incluso se incurriría en un delito de encubrimiento (artículos 450 y 451 del CÓDIGO PENAL, enlace a la ley). Y no me empecéis a mencionar ilícitos que son solo faltas (tales como tener un Windows pirata o descargar música en el Emule), no delitos. A veces me avergüenza el pasotismo de la gente de hoy… esto en los 60 o los 70 no ocurriría, la gente salía a manifestarse por cualquier cosa…
Enlace relacionado: Antena 3 y el SPAM del 7711





Ami también me están SPAMEANDO, so unos putos pesados.
Hola, soy otra afectada del timo de antena 3, aunque he podido pararlo a tiempo me he sentido estúpida, timada y humillada, ya que habia consultado el consumo acumulado en orange tras el envio de varias respuestas, y no figuraba nada, pero pasados 15 minutos ya tenia cargados 39 euros, asi que he dado con tus consejos y he mandado un mensaje a facua a ver que aconsejan. En fin que muchas gracias por poner toda esta informacion y esperemos que no les pase a mas personas.Sigue adelante con ello. Mientras mirare que poder hacer. Gracias
Nube, ¿has aprovechado para darte de baja? Es que viendo que te cobran todo eso, el mal menor es el coste de solicitar la baja (aunque es ilegal cobrarlo).
Si por un casual eres socia de FACUA, pues cojonudo porque seguramente te harán caso y estaría bien saber qué dicen al respecto.
Yo ahora mismo estoy preparando el escrito para enviarlo al organismo pertinente (ya lo comentaré publicando otra entrada).
Aparte de eso, sólo mandarte ánimos y no te sientas mal. Hay gente a la que le han llegado facturas de 600 o incluso 6.000 euros (ese caso por otro teletimo de Antena 3, el de “Hazte Rico” o algo así…), y gente que es ingenua y manda miles de mensajitos a esos servicios…
Hola Anykiller,ya me he dado de baja, sin embargo, aún no se si me cobran todos los mensajes que me han mandado, ya que he mirado el detalle del consumo online, y figuran más mensajes de los que he enviado. En cuanto a facua, no se para que dejan un apartado para denunciar, ya que unicamente aprovechan para enviar información sobre como hacerse socio y las ventajas que ofrecen. En fin,paso de ellos, estoy en el paro y solo me faltaba pagar eso. Hoy intentare comentar el tema con el OMIC de Alcobendas a ver que dicen.
Muchas gracias por los ánimos, la verdad que me quede en shock, primero por caer en esta estupidez y luego por intentar vigilar el consumo y ver que el servicio de orange es pésimo y no figura en tiempo real. En fin, ya os contaré más.
Nube, da la circunstancia de que yo también soy desempleado (de hecho, tengo que vivir con mis padres y donde vivo solo hay “pequeños comercios” que no generan trabajo, un Corte Inglés que solo vende ropa, un Carrefour y poco más… de hecho, más de un comercio donde dejé currículum ha cerrado y todo :S ).
Los de la OMIC seguramente te dirán lo mismo que a mí, te darán un papel que te explica cómo actuar y denunciarlo ante el organismo pertinente (en mi último artículo está transcrito, por si quieres ir echándole un vistazo) y te animarán a que denuncies.
Lo del apartado de denuncia será para socios de FACUA… ya sabes, esos organismos no viven del aire y se sustentan de las cuotas que cobran a sus socios, y sólo se preocupan por sus socios, cosa que veo lógica.
Me parece muy extraño, con la cantidad de socios que tiene FACUA, que NINGUNO haya enviado esta denuncia. Yo lo he hecho, pero, al no ser socio “de pleno derecho”, lo único que han hecho ha sido suscribirme a su boletín periódico, que es de muy interesante y recomendable lectura, eso sí, pero sigo esperando a que aparezca alguna referencia en él a este desagradable asunto.
[...] El timo del 7711 (2). ¿Qué hacer? [...]
HOLA YO SOY OTRA TONTA QUE HA CAIDO EN LA ESTAFA DE ANTENA 3, ME HAN FACTURADO 320 EUROS, HE TENIDO UNA BRONCA CON MI MARIDO Y ME SIENTO MUY MAL. Y TODO POR PENSAR QUE UNA TELEVISION NO PUEDE SER TAN LADRONA Y SINVERGUENZA COMO ESTE CONCURSO, COMO EL ESTADO PERMITE TAL ROBO POR LA CARA A SUS CONCIUDADANOS. ESTO ME HACE PENSAR QUE CADA VEZ ESTAMOS MAS DESPROTEGIDO ANTE LOS MEDIOS YA QUE SE NOS METEN EN CASA SIN LLAMARLOS.NO TENEMOS UNA POLICIA JUDICIAL QUE VIGILEN ESTOS ROBOS Y QUE NO LOS PERMITAN, COMO OCURRE EN OTROS CASOS. CREO QUE ESTAMOS TOTALMENTE DESAMPARADOS ANTE LOS MEDIOS. Y ADEMAS SUELEN CAER EN ESTAS TRAMPAS LOS MAS DEBILES Y LOS MAS NECESITADOS. LIBERTAD A LOS MEDIOS SI, TODA PERO NO PARA ROBAR IMPUNEMENTE.QUE ROBAN NO SOLO EL DINERO TAMBIEN LA DIGNIDAD.
EL PROGRAMA QUE TIENEN, NO LEE LOS MENSAJES. SOLO A-B O 1-2. LES ENVIE UNO LLAMANDOLOS CHORIZOS Y ME ENVIAN UNA PREGUNTA. YA ME HE DADO DE BAJA. SALUDOS Y GRACIAS POR TU INFORMACION.
Yo también he caído en la trampa de A3 y, lo peor es que la factura que me ha llegado me ha dejado petrificada: casi 600€. Lo único que he conseguido, es que, en Teléfonica digan que harán una revisión, pero te hablan diciendo que lo más seguro que tengas que pagar y, yo no estoy de acuerdo de pagar esa barbaridad, pero si ni siquiera me di de alta, ni envié ningún mensaje, fuí yo la que recibió un mensaje y sin especificar ni detallar nada contesté y de ahí, los otros mensajes… Me siento estafada y no sé qué hacer para no pagar esa cantidad.
Yo tambien he sido timado por el 7711 y quiero comentaros que este numero no pertenece al Club Zed. POr lo menos es lo que la operadora automatica me ha respondido cuando he digitalizado el 7711. “No pertenece al Club Zed”.
La verdad es que a mi Movistar me lo ha facturado de parte de Alvento Soluciones, S.A. He llamado a reclamaciones y me lo han confirmado.
Esta misma mañana tambien he llamado a la Policia Nacional y el funcionario me ha comentado que debo de ir a comisaria a interponer una denuncia por “estafa”, al margen de otros hechos punibles que hubiere. A mi me piden 933 €, y reconozco que me siento un gilipollas total por haber caido en el gancho de A3 y el dichoso concursito. Una verguenza y la mia la primera.
esta denuncia lo acavo de acer en el ministerio de industria, devemos de ir todos a por esos estafadores que se estan inriqueciendo con nosotros llo os apollo en lo que aga falta
malditos cabrones del 7711:
Saludos,
Mi reclamacion es la siguiente,
Supuestamente me estan cobrando 232€ de una factura por recivir e enviar mensajes cortos de valor ygual el que me los envia i los recive como el que los manda de un valor de cada mensage recivido e enviado de cada mensage de 1,50€ de euro, la enpresa movistar no deveria de dejar que los usuarios contratados recivan estos mensages y a que cobran por mandarlos, sin saver nada de que al recivirlos te cobren por ello es una estafa lla que por lo que mee informado estas enpresas telefonicas deverian de anular este servicio lla que el que lo recive no loa contratado y dejando libre a esta gente a mandar los mensages a estos usuarios como mea pasado ami misma persona,
E llamado ami operador i me dicen que devo de pagar la factura emitida ya que es un servicio de publicidad que mandan a los usuarios de telefonia y llo les dige que no deve de ser asi porque cobran 1,50€ de euro por recivir un mensage de ellos
la enpresa mavistar no deveria de dejarles por no contratar este servicio,
me an dado un numero de referencia de mi caso es este ( 1359080604 )
y tanvien me an dado el numero de telefono de esta enpresa estafadora que no contestan nunca a este telefono ( 902119494 ).
nunca mea pasado esto diganme como puedo yo mandar mas de 100 mensages a este operador ( 7711 ) en varios dias i sin saver lo que me cuesta y mas si supiera que cada mensage que llo mande vale 1,50€ y cada de ellos que reciva 1,50€ como creen que yo pueda acer tal cosa si eso es un rovo a toda regla,
me gustaria que me informaran y que podria acer para que me devuelvan el dinero que me an estafado .
gracias por todo
Atentamente: Guillermo Ciscar Toledo
pos; les ruego que me respondan cuanto antes lla que es de estremo interes para mi y me sean lo mas esplicitos posible, gracias.
Guillermo, en esta entrada viene explicado el qué hacer. El problema con el asunto es el agujero legal que existe y que el Ministerio de Industria no subsana pese a que tiene plazos y los ha rebasado hace meses.
Sólo puedo decirte que reclames y pelees y, si formas parte de un organismo de defensa del consumidor (por ejemplo, FACUA), coméntales el caso y que te asesoren, o pregunta en la OMIC. En mi caso era un caso de SPAM y lo denuncié, el organismo del ministerio de Industria se lavó las manos escudándose en el agujero legal que ellos no han querido solucionar, y ahora el asunto está en manos de la Agencia Española de Protección de Datos.
Siento no poder ser de más ayuda, salvo aportar la información que otras personas han compartido amablemente.
Espero que tengas suerte, y de nuevo siento no poder ser de más ayuda.